El capricho oficialista de violar la ley para hacer una carrera de lanchas en Potrero de los Funes

                                                              Por Gastón Binet
                                                                Director SLR

El Gobierno provincial, no muy adepto a respetar lo que la ley marca, organizó una competencia de Lanchas en Potrero de los Funes que está prohibida por ley en ese espejo de agua. De acuerdo lo informado por los medios oficialistas, la competencia de motonáutica más grande de Sudamérica desembarcará en la provincia este 11 y 12 de septiembre y cuenta con el auspicio del gobierno de Rodríguez Saá y San Luis Agua, quien paradójicamente debería ser el órgano de control que garantice que no circulen en el espejo de agua lanchas con motor que puedan atentar contra el sistema ecológico y cultural del dique, tal y como lo expresa el Artículo 2° de la  Ley IX-0325-2004 (5386) y que los funcionarios no deberían desconocer.

Dicha ley declaró “Monumento Ecológico y Cultural al dique Potro de los Funes y sus zonas aledañas, casualmente durante la gobernación de Alberto Rodríguez Saá, quien en virtud de esto no debería desconocerla o dicho de otro modo “no podría borrar con el codo una ley sancionada durante su gobernación o pretender que la misma no existe”.

Evidentemente tras conocerse la situación, los legisladores y la justicia misma deberían accionar en virtud de la posible violación de una ley y que podría encuadrarse como un delito, más aún cuando es el Estado quien promociona la posible violación de la norma.

Los funcionarios Rodríguesistas no deberían desconocer que el autorizar una competencia de este tipo en un lugar protegido por ley podría encuadrarse como un Delito contra la Administración Pública, el cual se concreta si un funcionario público (en este caso San Luis Agua, y el gobierno Provincial) se extralimita en las atribuciones de su función; se arroga poderes que no le corresponden; dicta resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales; ejecuta las órdenes o resoluciones de esta clase; o no ejecuta las leyes cuyo cumplimiento le incumbe.  CP, Arts. 248-253 ter.

Basta recordar además que el espejo de agua que seguramente se verá afectado, hoy tiene una cota menor a la que históricamente tiene, asimismo, vale señalar que, ante un hipotético derrame de algún combustible en el espejo de agua, se vería perjudicado todo el ecosistema de mismo, con las implicancias que esto traería aparejado.

Otro punto y no menos importante son los beneficios económicos, ya que, si se pone en la balanza la variación resultante de un análisis de costo, más el análisis de riesgo contra los beneficios obtenidos resulta evidente que quien gana es la empresa organizadora y no la provincia de San Luis y menos aún Potrero de los Funes.

Por último, si hacemos un poco de memoria, en el año 2017, el Gobierno provincial, San Luis agua y la municipalidad de Potrero de los Funes prohibieron a una agrupación de remo realizar una cruzada solidaria en el espejo de agua. En ese episodio, y a través de un comunicado, el municipio recordó la existencia de una normativa vigente que impide la actividad acuática que implique el uso de combustibles, algo que los funcionarios oficialistas ya no recuerdan al parecer.

Abrir
1
Comunicate con nosotros
Hola! te comunicaste con el Portal de Noticias San Luis Real. En que podemos ayudarte?
Ir al contenido