La jueza hizo lugar a la medida cautelar presentada por la Asamblea por el Vulpiani, y ordenó suspender la obra por el lapso de treinta y seis meses.
Cabe destacar, dicha resolución, que se conoció en las primeras horas de este miércoles, cuenta con la firma de la jueza del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5, Cynthia Liliana Fenández Paz. Tal medida ordena prohibir la ejecución de la obra pública “Parque Acueducto Vulpiani” por el término de treinta y seis meses, notificando al Gobierno provincial y a la empresa adjudicada Serving SRL.
También solicita prohibir “todo acto intimidatorio y/o de cualquier tipo que amenace la seguridad de las personas, bienes y trabajos que integran la ‘ASAMBLEA CIUDADANA POR EL VULPIANI’ Y/O CUALQUIER OTRA PERSONA, ASOCIACIÓN, FUNDACIÓN O AGRUPACIÓN, PROHIBIENDO, asimismo cualquier acto que importe una perturbación o vulneración al derecho de reunión y manifestación en defensa de los derechos humanos ambientales”.
Un dato no menor es que la medida judicial llega un mes después de que los asambleístas comenzaran con el acampe en el Acueducto Vulpiani, que aún se mantiene hasta el día de hoy. La Asamblea denuncia que el proyecto no tiene “licencia social” de la comunidad y señalan que el Gobierno negó la realización de una Audiencia Pública para evaluar el impacto ambiental de la obra, al tratarse de una zona catalogada como amarilla por la Ley Nacional de Bosques N°26.331.