22 de noviembre de 2024

Sobreseen a Macri y los exjefes de la AFI en la causa ARA San Juan

“Aún cuando el magistrado de la instancia haya dejado entrever que la información sobre preguntas o reclamos habría sido alcanzada mediante infiltraciones, lo cierto es que las declaraciones testimoniales de los familiares que constan en la misma resolución echan por tierra esa inferencia. Los mismos admiten que sus expectativas y reclamos eran comunicados también por medios de información o incluso la publicación de videos en redes sociales. Queda descartado cualquier tipo de ‘secretismo’ entre los familiares respecto de esos datos y su obtención exclusivamente a través de medios considerados ilegales”, advirtió el fallo al que accedió Infobae.

“Ninguna de las actividades explícitamente atendidas en el fallo bajo revisión implicó una extralimitación de las facultades de inteligencia. Por el contrario, la información recogida se desenvolvió en el marco que admiten las expectativas de privacidad e intimidad en las circunstancias en que se desarrollaron, aun ante una interpretación amplia de dichos derechos. De ningún modo se podrían erigir como injerencias arbitrarias o abusivas en la vida privada de los sujetos involucrados”, se sostuvo.

Con información de Infobae.

Es más, el fallo advirtió sobre “los graves riesgos que podría acarrear fallas u omisiones en la seguridad o en el control del entorno de altos mandatarios, máxime en sus apariciones en espacios abiertos o cuando se congrega un número significativo de personas en sus actividades en la vía pública”.

Y hasta puso como ejemplo el intento de asesinato contra Cristina Kirchner: “sucesos recientes donde, aún dentro de una expresión de adhesión y simpatía, sin embargo, se exteriorizó un ataque armado contra la Vicepresidenta, como quedó plasmado hasta el presente en una investigación criminal. Sobre esos presupuestos, es deber del Poder Judicial escrudiñar atentamente el cumplimiento de esos cánones, sobre todo, cuando no puede obviarse que existen graves sospechas de gestiones irregulares por parte de agencias estatales de inteligencia en las últimas administraciones políticas, como es de público y notorio”.

La decisión fue tomada por Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Guillermo J. Yacobucci, Angela Ledesma y Mariano Hernán Borinsky. Yacobucci y Borinsky conformaron el voto de la mayoría que ratificó el criterio de la Cámara Federal en torno a que no había existido espionaje: para los jueces, el tribunal de la instancia previa realizó un tratamiento concreto y pormenorizado de los hechos ventilados en la causa y descartó debidamente la tipicidad de las conductas investigadas.

Se trata de la única causa en la que Macri fue llamado a indagatoria después de dejar la Casa Rosada. El 1 de diciembre de 2021, un juez de Dolores sostuvo que el ex presidente y los ex jefes de la AFI habían llevado adelante tareas de espionaje que “buscaban en definitiva influir en la situación política e institucional del país, y en especial en la opinión pública y la gestión política del gobierno de ese momento”. El juez le imputó seis hechos.

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