La denuncia penal peticiona investigar a los ministros de Desarrollo Social, Nicolás Anzulovich; de Seguridad, Claudio Latini; de Educación, Eugenia Cantaloube; de Salud, Cristian Niño; y al al secretario de Turismo, Luis “Piri” Macagno.
En la presentación legal, el Dr. Bazla explica porque los funcionarios incurrieron en los delitos de violación de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad y estafa establecidos en los artículos 248, 172 y 173 del Código Penal. Los delitos se habrían concretado antes de las elecciones del 11 de junio, firmando contratos con beneficiarios del Plan de Inclusión «violando la Ley de Presupuesto 2023 plenamente vigente al momento de la celebración de los mismos».
El abogado dejó constancia también que el Ministro de Seguridad, Claudio Latini «reconoció casi tres meses después de la firma de los contratos, que los funcionarios del Gobierno de San Luis hicieron firmar contratos sin que las respectivas partidas presupuestarias estuvieran vigentes, en violación concreta de la ley de Presupuesto mencionada anteriormente y de la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia, Nro. VIII-0256-2004 (5492)».
En ese sentido fundamentó: «Que, la Ley de Contabilidad, establece en su Art. 28, la NULIDAD de los Contratos celebrados, aun por funcionarios competentes, pero por fuera de las partidas presupuestarias vigentes. Art. 28: (…) “Será nulo todo acto o contrato otorgado por cualquier autoridad, aún cuando fuere competente, que origine una obligación de pago del Tesoro y que no se hubiere encuadrado en la normativa legal y reglamentaria sobre la ejecución del gasto público.”
En su presentación, Bazla sostiene: «En claro afán de captar voluntades que pudieren favorecer electoralmente al partido de gobierno, los Ministros aquí denunciados actuaron por fuera de los límites que prescribe la ley mencionada, toda vez que la misma en su Art. 34, señala: “ARTICULO 34: Límites. Los importes asignados a los diferentes créditos en la Ley de Presupuesto constituyen el límite de las autorizaciones para gastar en cada concepto. Operarán como limitaciones adicionales aquellas que establezca el Poder Ejecutivo en relación a determinados gastos, tanto por su concepto como por su monto.”
Por otro lado, explica que «las conductas desplegadas quedan también encuadradas en la defraudación, habiendo hecho suscribir los contratos bajo engaño, conforme indica el Art. 173, Inc. 3 del C.P., quienes actuaron a sabiendas de la inexistencia de créditos presupuestarios y de cargos presupuestarios». La denuncia ya fue presentada en la Unidad de Abordaje Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial, desde donde deberán designar el fiscal que se encargue de investigar la misma.
Con información de La Posta de San Luis